La senda hacia la Ley Fundamental
El 1 de julio de 1948, los Aliados occidentales transmitieron a los máximos representantes de la política germanooccidental sus planes para la creación de un Estado occidental. A continuación, un grupo de expertos designados por los Ministros-Presidentes de los Länder alemanes de las tres zonas de ocupación occidentales elaboró en agosto de 1948 en la isla de Herrenchiemsee las “Pautas para una Ley Fundamental”. Esas pautas sirvieron al “Consejo Parlamentario” como base para su posterior trabajo. Conscientes de los déficits de la Constitución de Weimar y de los crímenes del nacionalsocialismo, los padres y madres de la Ley Fundamental colocaron la dignidad y la libertad del individuo inmediatamente al comienzo de la Ley Fundamental. El objetivo era que nunca más un callejón sin salida llevara a una dictadura. Y la libertad de opinión, información, prensa y radiodifusión debía hacer de los alemanes ciudadanos emancipados. También se aspiró a ganar la confianza internacional.
La promulgación de la Ley Fundamental
“Hoy, 23 de mayo de 1949, comienza un nuevo capítulo en la cambiante historia de nuestro pueblo: hoy, luego de la firma y promulgación de la Ley Fundamental, entrará en la historia la República Federal de Alemania. Todos nosotros tenemos claro lo que ello significa. Quien vivió conscientemente los años transcurridos desde 1933, quien experimentó el colapso total del año 1945, quien experimentó conscientemente cómo todo el poder estatal ha sido asumido desde 1945 por los Aliados, piensa con el corazón conmovido que hoy, al final de este día, surgirá la nueva Alemania.” Con estas palabras introdujo Konrad Adenauer en el Consejo Parlamentario la firma de la Ley Fundamental, que marcó el momento de nacimiento de la República Federal de Alemania.
Contenidos centrales de la Ley Fundamental
La Ley Fundamental de 1949 tiene 146 artículos, que pueden dividirse en cuatro áreas. La primera abarca los diecinueve derechos fundamentales intangibles. En la segunda se define la estructura estatal federalista, la relación entre la Federación y los Länder. La tercera describe la función y las tareas de los órganos estatales superiores. Y en la cuarta se tratan las funciones estatales, tales como la aplicación de las leyes federales, etc. Al principio se halla el preámbulo, en el que se subraya la voluntad de “servir a la paz del mundo en una Europa unida”.













